| GUILLERMO ANTONIO CEDEÑO RAMÍREZ | Resolución JE-SSRP-05 de 22 de abril de 2026 | Prohibición de ejercer actividades de seguros, en cualquier modalidad, durante cinco (5) años. | Artículo 4 de la Ley 12 de 3 de abril de 2012 y Acuerdo 10 de 30 de octubre de 2013. | Realizar operaciones de seguros sin estar autorizado para ejercer el negocio de conformidad con la Ley No. 12 de 3 de abril de 2012, y los Acuerdos adoptados por la Superintendencia. |
| DENOMINACIÓN | RESOLUCIÓN | MONTO / SANCIÓN | DISPOSIÓN LEGAL INFRINGIDA | DESCRIPCIÓN |
| GRUPO CEDEÑO AUTO TRÁMITES LAS TABLAS, S.A. | Resolución JE-SSRP-05 de 22 de abril de 2026 | B/.1,000.00.
Prohibición de ejercer actividades de seguros, en cualquier modalidad, durante cinco (5) años. | Artículo 4 de la Ley 12 de 3 de abril de 2012 y Acuerdo 10 de 30 de octubre de 2013. | Realizar operaciones de seguros sin estar autorizado para ejercer el negocio de conformidad con la Ley No. 12 de 3 de abril de 2012, y los Acuerdos adoptados por la Superintendencia. |