Protección al Consumidor de seguros
Año | Descripción | Documento |
---|---|---|
2020 | Estadísticas Consolidadas 2020 | Ver Documento |
2019 | Estadísticas Consolidadas 2019 | Ver Documento |
2018 | Estadísticas Consolidadas 2018 | Ver Documento |
2017 | Estadísticas Consolidadas 2017 | Ver Documento |
2016 | Estadísticas Consolidadas 2016 | Ver Documento |
2015 | Estadísticas Consolidadas 2015 | Ver Documento |
Año | Descripción | Documento |
---|---|---|
2024 | Incrementos 2024 | Ver Documento |
2023 | Incrementos 2023 | Ver Documento |
2022 | Incrementos 2022 | Ver Documento |
2021 | Incrementos 2021 | Ver Documento |
2020 | Incrementos 2020 | Ver Documento |
2019 | Incrementos 2019 | Ver Documento |
2018 | Incrementos 2018 | Ver Documento |
2017 | Incrementos 2017 | Ver Documento |
¿Cómo presento una queja ante la Superintendencia de Seguros?
Los consumidores deberán acudir al Sistema de Atención de Controversias de la respectiva aseguradora a fin de formular la queja por escrito, quien tendrá un plazo de 30 días calendario para darle respuesta por escrito al consumidor.
Recuerde llevar una copia para acusar recibido. Conserve esta copia es evidencia de que ha llevado a cabo este paso.
El Ejecutivo de Controversias es una figura creada por la Ley 12 de 3 de abril de 2012, la cual regula la actividad de seguros, en este sentido todas las aseguradoras deben contar con esta figura, cuya función es actuar como última instancia dentro de la aseguradora, en aras de encontrar una solución interna a los reclamos que puedan presentar los asegurados o afectados de las mismas, de modo tal de evitar la apertura de una queja formal ante la Superintendencia.
En la nota que se envíe al Ejecutivo de Controversias, se debe detallar la solicitud que se realiza y las generales del reclamo (Nro de reclamo, fecha del siniestro, nombre de las partes involucradas, respuestas previas brindadas por la aseguradora, etc.), igualmente se debe adjuntar cualquier documento que sustente la solicitud, así como se recomienda llevar una copia de la nota para que sea sellada de recibido el día que se presente.
- A. La aseguradora responda al consumidor dentro del término de 30 días calendario, pero éste se sienta insatisfecho con la respuesta brindada.
- B. La aseguradora no responda al consumidor dentro del término de 30 días calendario.
Luego de cumplido el paso previo, para presentar su queja ante la SSRP, para lo cual deberá contactarnos para detallarle la documentación que debe aportar.
- A. Llenar formulario de quejas.
- B. Presentar los documentos mínimos requeridos.
- C. Presentar los documentos en las oficinas de la Superintendencia de Seguros.
- A. Se establecerá una fecha para audiencia de conciliación.
- B. En caso de no llegar a un acuerdo dentro de la etapa de conciliación, la SSRP tomará una decisión final de obligatorio cumplimiento sobre la queja, luego de haber culminado las etapas procesales pertinentes.